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Foto del escritorJuan Carlos Wills

Proyecto de Ley de Atención a Mujeres sin Revictimización


Introducción En Colombia, la violencia contra las mujeres sigue siendo un problema persistente, agravado por la revictimización institucional que sufren muchas de las afectadas cuando buscan ayuda. Este proyecto de ley busca transformar esta realidad mediante la implementación de capacitaciones obligatorias en temas de género y violencia contra la mujer para servidores públicos y contratistas de entidades públicas, asegurando una atención respetuosa y sensible que no perpetúe el daño.


¿En qué consiste esta ley? El proyecto fue presentado el 6 de agosto de 2024 por los Representantes Juan Carlos Wills Ospina y Catherine Juvinao Clavijo. Consta de seis artículos clave que detallan los objetivos, responsabilidades, definiciones, desarrollo y obligaciones en la capacitación de servidores y contratistas. Su propósito es eliminar la revictimización, asegurando que todos los involucrados en la atención a mujeres víctimas estén capacitados para ofrecer un servicio que respete sus derechos.


Contexto y necesidad La violencia institucional en Colombia es un fenómeno alarmante, evidenciado en casos de gran notoriedad donde las instituciones han fallado en proteger a las mujeres. Ejemplos trágicos como los de Lucía Esperanza Prada y Rosa Elvira Cely reflejan cómo, en vez de ser un soporte, el sistema judicial y de protección ha sido, en ocasiones, una fuente de revictimización. La violencia institucional no es un problema aislado y afecta negativamente la búsqueda de justicia y protección de las mujeres víctimas.


Estructura del Proyecto de Ley

  1. Objeto: Establece la eliminación de la revictimización a través de capacitaciones obligatorias en enfoque de género para aquellos que atienden a mujeres en situación de violencia.

  2. Destinatarios: Detalla quiénes deben recibir esta formación y velar por su cumplimiento.

  3. Definiciones: Clarifica los conceptos centrales para una implementación adecuada de la ley.

  4. Entidades responsables: Asigna a entidades específicas la tarea de definir contenidos mínimos para las capacitaciones.

  5. Cumplimiento: Obliga a los responsables a participar activamente en las capacitaciones y cumplir con los protocolos establecidos.

  6. Vigencia: Determina la entrada en vigor de la ley tras su aprobación.


Fundamentos y estadísticas El proyecto toma inspiración en la Ley Micaela de Argentina, que obliga a la capacitación en género para los funcionarios públicos, buscando transformar actitudes institucionales que muchas veces han sido obstáculos para la protección de las mujeres. En Colombia, las cifras son alarmantes: en enero de 2024, se reportaron 21 feminicidios, con un preocupante aumento en los casos de violencia de género y familiar. Además, encuestas realizadas entre 2010 y 2021 revelan que algunos funcionarios aún sostienen creencias que justifican la violencia de género, lo cual subraya la urgencia de esta reforma.


Conclusión Este proyecto de ley es un paso significativo hacia una sociedad más justa e igualitaria, donde las mujeres puedan buscar ayuda sin miedo a ser revictimizadas. Al transformar la cultura institucional y garantizar que los servidores públicos estén sensibilizados y capacitados, esta ley pretende fortalecer la protección y los derechos de las mujeres, promoviendo una respuesta institucional que esté realmente comprometida con su bienestar y seguridad.

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